La Corte Suprema de Justicia de la Nación (con el voto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda) declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial de educación, a través de la cual, en la provincia de Salta la enseñanza religiosa integra los planes de estudio, se imparte dentro de los horarios de clase y cuyos contenidos y habilitación docente requieren el aval de la respectiva autoridad religiosa.
El fallo, que contó con el voto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, también invalidó la obligación de los padres de manifestar si desean que sus hijos reciban “educación religiosa”.
«Se puede afirmar que la norma cuestionada, al incluir la educación religiosa en horario escolar, dentro del plan de estudios y con el aval de la respectiva autoridad religiosa, favorece conductas discriminatorias hacia los niños y niñas que no integran el grupo religioso predominante ni ningún otro, generando, de este modo, mayor desigualdad”, sostiene el fallo de la Corte.
La Corte Suprema resolvió que en Salta no podrá darse educación religiosa en las escuelas públicas en el horario escolar y como parte del plan de estudios https://t.co/tGwJWPBeZ1
— Corte Suprema AR (@CorteSupremaAR) December 12, 2017
En disidencia, el juez Horacio Rosatti consideró que la ley “es constitucional”, pero exhortó a la provincia de Salta a instrumentar las medidas necesarias para adaptar los contenidos curriculares de la materia y disponer el cese de todo rito religioso durante la jornada escolar.
Por su parte, el juez Carlos Rosenkrantz no suscribió la sentencia pues se excusó de intervenir en la causa ya que al momento de promoverse la acción de amparo era miembro de la Asociación por los Derechos Civiles, coactora en estas actuaciones, precisó el CIJ.
De esta manera, el máximo tribunal se pronunció en torno a un amparo colectivo iniciado por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y un grupo de madres contra el Estado Provincial -Ministerio de Educación de Salta-, con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad de las normas locales que disponen que la enseñanza religiosa integre el plan de estudio y se imparta dentro del horario de clase.
Los actores sostuvieron que las normas, del modo en que son aplicadas, imponen la religión católica como enseñanza obligatoria en las escuelas públicas y el adoctrinamiento de menores cuyos padres poseen otras creencias.