El papa Francisco dispuso en las últimas horas una serie de medidas destinadas a prevenir y combatir los delitos de abuso de menores cometidos por miembros de la curia o en el Vaticano, entre las cuales se incluye la ampliación de la prescripción de los delitos a 20 años y la obligación de denunciarlos.
Francisco quiere dar ejemplo sobre el comportamiento que deben seguir las Conferencias Episcopales en todo el mundo para eliminar los abusos por parte del clero.
El Vaticano publicó este viernes tres nuevos documentos respecto a este tema de los abusos a menores: uno es el «motu proprio» de Francisco en el que se reforma la ley vaticana, el otro cómo queda la norma y un tercero en el que se dan las «líneas guías» para afrontar estos casos para aquellos religiosos que residen en la Ciudad del Vaticano.
En su «motu proprio» Francisco explica su decisión de «fortalecer aún más el marco institucional y legislativo para prevenir y combatir los abusos contra los menores y las personas vulnerables por parte de la curia romana y en el Estado de la Ciudad del Vaticano».
Con estas nuevas normas se introduce «la obligación de denunciar los abusos a las autoridades competentes y cooperar con ellos en actividades de prevención y cumplimiento de la ley». Se ofrecerá, añade el pontífice, «atención pastoral adecuada a las víctimas y sus familias, apoyo espiritual, médico, psicológico y legal adecuado y el derecho a un juicio justo e imparcial».
Además, «la persona condenada por abusar de un menor o una persona vulnerable será removida de su cargo«, pero se le garantizará una rehabilitación psicológica y espiritual. Mientras que se hará todo lo posible para «rehabilitar la buena fama de quien ha sido acusado injustamente».
Se introduce por ello además una prescripción de 20 años para este tipo de delitos a partir de que la víctima cumpla mayoría de edad, 18 años, pues hasta ahora era de cuatro años. Desde este momento todos los delitos relacionados con el abuso de menores, no solo los de naturaleza sexual, sino también, por ejemplo, el maltrato, serán «punibles por ley«, incluso en ausencia de una denuncia si se tiene constancia del caso.
Otra novedad es la sanción para quienes omitan o retrasen la denuncia de casos de abusos a menores o personas vulnerables, excepto en casos de secreto de confesión.
Estas nuevas normas reforman así la legislación del Estado de la Ciudad del Vaticano donde está aún vigente el Código Penal conocido como Zanardelli de 1889. Esta ley se aplicará a todos los trabajadores del Vaticano, a la curia, y a todo el personal diplomático en las nunciaturas.