El Ministerio de Justicia creó la Ventanilla Única de Pago Registral Automotor (VUPRA), una plataforma electrónica destinada a abonar aranceles correspondientes a los trámites registrales del automotor, de los impuestos y las tasas vinculadas a su radicación y transferencia de dominio, y de las multas por infracciones de tránsito derivadas del uso de esos vehículos.
Así lo dispuso el Ministerio de Justicia por intermedio de la Resolución 572/2025 publicada en el Boletín Oficial de este martes con la firma del principal responsable de esa cartera, Mariano Cúneo Libarona. Y fijó que se implementará a partir del 1° de noviembre de este año.
Según expresa esa normativa, “la VUPRA tiene por objeto optimizar los servicios, simplificar los procedimientos y mejorar la calidad de atención al ciudadano mediante el uso intensivo de tecnologías de la información y la comunicación”.
En esa línea, esa se indicó que esta medida “beneficia directamente a las personas usuarias, fomenta la eficiencia económica y promueve una gestión pública transparente, accesible, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común”.
Entre los beneficios, se destacó que la VUPRA evitará que las personas usuarias deban realizar pagos en distintas plataformas, permitirá consultar deudas pendientes y aportará “claridad y transparencia” a la operación registral.
Según el artículo 2° de la Resolución, “la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios será la Autoridad de Aplicación del presente régimen y queda autorizada para dictar las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para su correcta implementación”.
En paralelo, se invitó a las a las provincias, a los municipios y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir al régimen de la VUPRA, y se informó que “la jurisdicción que solicite la adhesión, debe hacerlo ante la Autoridad de Aplicación en la forma que ella establezca, a cuyo efecto se debe prever, como mínimo, el costo de la implementación y el mantenimiento del servicio, y las condiciones y requisitos necesarios para permitir la interoperabilidad con los sistemas locales, a efectos de garantizar su correcto funcionamiento”.
Cuáles son las obligaciones comprendidas
- Los aranceles correspondientes a los trámites a realizarse ante los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor, la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios o las Concesionarias, conforme a lo dispuesto en la Resolución N° 314 del 16 de mayo de 2002 del ex Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y sus complementarias y modificatorias.
- Impuestos y/o tasas relativos a la radicación y/o transferencia de dominio de los automotores.
- Impuesto de sellos.
- Multas por infracciones de tránsito cometidas en jurisdicción nacional o local.