El juez federal juez Adolfo Gabino Ziulu ordenó restablecer la vacuna contra el meningococo en forma gratuita para todos los niños de 11 años de la provincia de Buenos Aires, dosis que había sido suspendida por la secretaría de Salud de la Nación en agosto de este año.
La sentencia del magistrado platense establece que el Estado deberá acceder a vacunar gratuitamente a una nena, cuya mamá presentó una medida cautelar junto a la la Asociación Civil Ajus La Plata-Ensenada.
Ziulu señaló que la medida cautelar comprende «por una parte el caso individual de la niña J.B. y por otro a un colectivo que fue delimitado por la actora como aquel que comprende a los niños de 11 años de edad de la provincia de Buenos Aires».
«La vacunación ha sido pensada en nuestro ordenamiento como una herramienta importante de prevención, en donde el elemento de obligatoriedad se erige como pilar indispensable en miras de la salud pública», explicó el magistrado del Juzgado Federal N° 2 de La Plata en su sentencia.
La asociación Abogados por la Justicia Social consideró que “las políticas nacionales llevadas a cabo desde el Poder Ejecutivo Nacional, a través de su Ministerio de Salud, ahora degradado al rango de Secretaria, niegan los elementales derechos humanos a la vida y a la salud”, reconocidos en los artículos 14, 14 bis, 33, 42 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional; I, VII, XI, XVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 3, 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre otros.
La AJUS resaltó, además, la importancia de la progresividad de los derechos. “Si a mí reconocen un derecho a la salud, a la vida, después no me lo pueden quitar. En todo caso, tienen que ir aumentándolo. Con la decisión del Ministerio, lo que hay es una regresión en los derechos sociales y los derechos humanos”, consideró Emanuel Desojo, presidente de AJUS La Plata, Berisso y Ensenada.
En Argentina, desde 2010, se registraron entre 200 y 300 casos por año. El objetivo de incorporar la vacunación en adolescentes tiene como propósito “disminuir la portación orofaríngea de la bacteria en la población vacunada y así contribuir a aminorar la incidencia de la enfermedad en el grupo más vulnerable, especialmente en los niños menores de dos meses, para los cuales no se cuenta con vacuna alguna”, explica el fallo.
La vacuna para los niños de 11 años, entonces, no solo está dirigida a proteger a los chicos de esa edad, sino a disminuir el impacto del germen en el resto de la población. Finalmente, el fallo reconoce que “permitir el acceso a la vacuna a los niños de todos los estratos sociales constituye un importante signo de equidad, y es un modo de hacer efectivo el derecho a la salud y a la vida de los niños y niñas”.