La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires remitió a los juzgados en lo contencioso administrativo de San Isidro el juicio iniciado por la municipalidad de Escobar por la instalación de dos centrales termoeléctricas en el distrito vecino de Pilar. La demanda plantea que se declare la ilegalidad de las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante de Pilar que permitieron la instalación de dos centrales termoeléctricas en parcelas lindantes con Escobar.

El planteo realizado por la gestión del intendente Ariel Sujarchuk consiste en que no se dio la oportunidad a la municipalidad de Escobar de una audiencia o intervención previa al comienzo de la construcción de las instalaciones para poder evaluar los efectos adversos que podían producir sobre el territorio y la comunidad de Escobar, dado que se trata de un municipio lindero a Pilar.

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El máximo tribunal provincial de Justicia destacó la «gravedad, trascendencia y seriedad de la demanda», pero manifestó en su resolución que el litigio en cuestión, por su naturaleza, no es de su estricta competencia y dispuso remitir las actuaciones a la Receptoría General de Expedientes del Departamento Judicial de San Isidro “para su sorteo entre los juzgados de primera instancia en lo Contencioso Administrativo”.

Ahora, la municipalidad de Escobar continuará con las actuaciones ante el fuero de primera instancia, que en primer lugar deberá resolver sobre la medida cautelar peticionada con el objeto de suspender cualquier tarea de las empresas de energía hasta tanto se defina la cuestión de fondo respecto a la ilegalidad de las ordenanzas dictadas por el Municipio vecino.

Las empresas a instalarse en una zona sin previa habilitación fueron  APR Energy SRL y Araucaria Energy S.A. El municipio de Pilar debió haber informado e integrado a Escobar para poder redefinir el ordenamiento territorial, más aún cuando se trata de instalar una industria categoría 3, hecho que supone un alto impacto ambiental y un riesgo cierto para la población circundante.