El gobierno de Horacio Rodríguez Larreta consiguió convertir en Ley el proyecto para regular la oferta de alquileres temporarios y a las plataformas que los ofrecen, con el gigante mundial Airbnb a la cabeza.

La iniciativa aprobada lleva la firma del legislador Gonzalo Straface (Vamos Juntos), y fue elaborada en conjunto con el Ente de Turismo de la Ciudad.

A pesar de su aprobación por la Legislatura porteña, donde reunió 41 votos a favor, 17 en contra y ninguna abstención, no entrará en vigencia hasta diciembre de 2020. Hasta entonces, lo que sí se habilitará es un registro de las propiedades que se alquilan bajo esa modalidad, sobre todo a través de aplicaciones como Airbnb. Esta modalidad surgió en los últimos años y no estaba contemplada en la ley vigente desde 2013.

 

 

La nueva ley define que los alquileres temporarios con fines turísticos serán aquellos que se realicen por hasta tres meses de plazo. Dispone que los anfitriones serán los propietarios, usufructuarios, cesionarios, administradores o locadores. En este último caso, no aclara si deben estar autorizados por el dueño del inmueble para subalquilar, aunque se desprendería del contrato entre partes.

El texto crea el «Registro de Propiedades de Alquileres Temporarios Turísticos de la Ciudad de Buenos Aires» y obliga a los anfitriones que brinden este tipo de alojamiento a inscribirse, de manera online, para estar autorizados. «Todo inmueble con destino habitacional que se oferte, en su totalidad o una parte de éste como alquiler temporario turístico debe encontrarse inscripto», dispone.

 

 

Los anfitriones -sean propietarios o personas autorizadas por estos- tendrán que contratar un seguro de responsabilidad civil, exhibir un certificado de inscripción en el Registro y presentar una declaración jurada en la que conste que cumplen con normas de seguridad.

Además, tendrán que informar fehacientemente al consorcio que la propiedad se destina a alquiler temporario. «La actividad no debe estar expresamente prohibida por el reglamento de copropiedad», se plantea.

El proyecto de ley no toca la parte impositiva. El anfitrión debe estar inscripto ante AFIP y emitir factura. En la Ciudad, la alicuota de ingresos brutos para alquileres es del 6%.