La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) solicitó en las últimas horas que se levante la medida cautelar que suspendió los vuelos nocturnos en el aeropuerto de El Palomar, presentada por el abogado Lucas Marisi y concedida por la jueza federal Martina Forns.
Marisi, fundador del grupo «Stop FlyBondi», había realizado la prestación judicial porque consideraba que la actividad aeronáutica perjudica el descanso de los vecinos de la zona.
Así lo indicaron fuentes del organismo y recordaron que la medida de suspensión de los vuelos, que podría entrar en vigencia el 9 de septiembre ya que la jaeza otorgó un plazo de 30 días para la ejecución de las obras necesarias, afectaría a unos 6.000 pasajeros semanales que tienen como destinos Asunción, San Carlos de Bariloche, Córdoba, Puerto Iguazú, Mendoza, Neuquén, Salta y Tucumán.
Desde la ANAC indicaron, además, que «la decisión incluso pone en peligro los planes de inversión y expansión de estas compañías, la llegada de nuevas aeronaves, la generación de nuevos empleos y la operación de nuevas rutas que ya le fueron otorgadas mediante Audiencia Pública».
En su presentación judicial, la ANAC destacó que «el aeropuerto de El Palomar existe desde 1910 y ha sido históricamente un aeropuerto con una operación durante las 24 horas y así continuó desde su incorporación al Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA) en 2017».
Asimismo, resaltó que la imposición de un horario en un aeropuerto del SNA es materia reservada de manera exclusiva al Poder Ejecutivo Nacional.
Y, en ese sentido, apuntó que «la ANAC aplicando los parámetros dispuestos por la Autoridad Aeronáutica a nivel Internacional, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), es la que determinó que el aeropuerto puede operar 24 horas, y es la encargada de aprobar los programas de vuelo que presenten las aerolíneas, no correspondiendo que el Poder Judicial la sustituya en tales funciones y determine horarios de operaciones».
Alegó también que en El Palomar la actividad nocturna representa un porcentaje mínimo del total de operaciones, equivalente a un 10% de los movimientos totales y que se ha comprobado que no existe daño ambiental producto de la aviación civil.