El plazo para la recategorización semestral del monotributo vence este lunes y quienes tuvieron cambios en su facturación o en alguno de los parámetros deberán realizar el trámite, según el cronograma establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La categoría asignada, según el apartado de AFIP para este tipo de trabajadores, depende de la actividad que se desarrolle, si se realiza en un local o establecimiento y del ingreso bruto anual.

Hasta hoy se pueden realizar modificaciones y cambiar la categoría, que se asigna en base a la prestación de servicios y venta de cosas muebles (productos).

Están obligados a recategorizarse los monotributistas que hayan modificado su facturación, la superficie afectada, sus alquileres y su consumo de energía durante los últimos seis meses.

De no hacerlo, la AFIP sancionará al contribuyente con una multa correspondiente al 50% del impuesto integrado, le modificará la categoría y obligará a pagar los nuevos montos.

El valor de la cuota del monotributo está conformado por una parte impositiva, correspondiente al impuesto integrado; un aporte jubilatorio, que es el componente previsional (SIPA) y un aporte a la obra social.

Si bien la recategorización es semestral, el cálculo debe efectuarse tomando los datos de los doce últimos meses: del 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020.

Pasos para recategorizarse en el monotributo

  • Ingresar al sitio oficial de AFIP, en el apartado Monotributo.
  • Indicar CUIT y clave fiscal.
  • Seleccionar la opción «Recategorizarme».
  • Seleccionar la opción «Continuar recategorización».
  • Actualizar los datos en el Registro Único Tributario (RUT).

Montos actuales para el monotributo

  • A. Ingresos de hasta $208.739,25 en 12 meses. Impuesto: $168,97; aporte jubilatorio: $745,49. Pago total: $1955,68.
  • B. Ingresos de más de $208.739,25 y de hasta $313.108,87 en 12 meses. Impuesto: $325,54; aporte jubilatorio: $820,04. Pago total: $2186,80.
  • C. Ingresos de más de $313.108,87 y de hasta $417.478,51 en 12 meses. Impuesto: $556,64 (servicios), $514,38 (comercio); aporte jubilatorio: $902,05. Pago total: $2499,91 (servicios), $2457,65 (comercio).
  • D. Ingresos de más de $417.478,51 y de hasta $626.217,78 en 12 meses. Impuesto: $914,47 (servicios), $844,90 (comercio). Aporte jubilatorio: $992,25. Pago total: $2947,94 (servicios), $2878,37 (comercio).
  • E. Ingresos de más de $626.217,78 y de hasta $834.957 en 12 meses. Impuesto: $1739,48 (servicios), $1349,34 (comercio); aporte jubilatorio: $1091,48. Pago total: $3872,18 (servicios), $3482,04 (comercio).
  • F. Ingresos de más de $834.957 y de hasta $1.043.696,27. Impuesto: $2393,05 (servicios), $1761,85 (comercio); aporte jubilatorio: $1200,62. Pago total: $4634,89 (servicios), $4003,69 (comercio).
  • G. Ingresos que son superiores a los $1.043.696,27, con un límite máximo de $1.252.435,53. Impuesto: $3044,12 (servicios), $2196,71 (comercio); aporte jubilatorio: $1320,68. Pago total: $5406,02 (servicios), $4558,61 (comercio).
  • H. Ingresos que son superiores a los $1.252.435,53, con un límite máximo de $1.739.493,79. Impuesto: $6957,96 (servicios), $5392,44 (comercio); aporte jubilatorio: $1452,75. Pago total: $9451,93 (servicios), $7886,41 (comercio).
  • I. Ingresos que son superiores a los $1.739.493,79, con un límite máximo de $2.043.905,21, solo para actividad de comercio. Impuesto: $8697,46; aporte jubilatorio: $1598,03. Pago total: $11.336,71.
  • J. Ingresos que son superiores a los $2.043.905,21, con un límite máximo de $2.348.316,62, solo para actividad de comercio. Impuesto: $10.220,77; aporte jubilatorio: $1757,84. Pago total: $13.019,83.
  • K. Ingresos que son superiores a los $2.348.316,62, con un límite máximo de $2.609.240,69, solo para actividad de comercio. Impuesto: $11,741,58; aporte jubilatorio: $1933,61. Pago total: $14.716,41.