La jueza federal María Servini envió este martes a juicio oral y público a los ex efes de Gabinete del kirchnerismo Jorge Capitanich y Aníbal Fernández, al exvicegobernador bonaerense Gabriel Mariotto y al extitular de AFA Luis Segura por presunta defraudación al Estado nacional, en el marco del programa Fútbol para Todos. Sin embargo,la magistrada sobreseyó al exjefe de Gabinete Juan Manuel Abal Medina.
En total, serán juzgados 13 acusados, en un listado que incluye a Sergio Marchi, secretario general de Futbolistas Argentinos Agremiados, y al exgerente financiero de la Asociación del Fútbol Argentino Rubén Raposo, por distintos delitos, entre ellos, desvío de fondos y maniobras con cheques diferidos.
En la misma resolución, fueron sobreseídos el exjefe de Gabinete Juan Manuel Abal Medina, Eduardo Juan Spinosa y Marcus Adrián Cheistwer.
#Judiciales | La jueza María Servini de Cubría elevó a juicio oral la causa por defraudación al Estado a través de Fútbol para Todos. Los acusados son los ex jefes de gabinete Jorge Capitanich y Aníbal Fernández y el ex vicegobernador de Buenos Aires Gabriel Mariotto. pic.twitter.com/8PzTsqbaFQ
— Jaque y Mate (@jaqueymate2) November 6, 2018
En la elevación a juicio, que ahora irá a sorteo de un tribunal oral, la jueza Servini sostuvo que tanto Fernández como Mariotto, excoordinador general del Programa instrumentado en 2009, deben responder por «desvíos en los ingresos» a raíz de distintos convenios firmados, uno de ellos con la empresa de camiones Iveco, del 18 de abril de 2011.
Para la jueza, los exfuncionarios posibilitaron «sin encontrarse fundado ni justificado, el pago efectuado a la AFA por parte de esa empresa de cuatro millones de pesos ($ 4.000.000) que debían ingresar al patrimonio del Estado».
El fallo de 253 carillas también refiere que hubo «perjuicio estatal» en acuerdos de esponsoreo de torneos de fútbol de Primera División entre la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, AFA e Iveco Argentina S.A.
Estos acuerdos se firmaron, según la Justicia, «sin sujetarse a la normativa legal, sin licitación alguna, recibiendo como contraprestación pagos en especie sin encontrarse acreditada la necesidad previa de ello, y sin guardar relación los conceptos facturados y los segundos publicitarios contenidos en los distintos acuerdos con los cuadros tarifarios o paquetes tarifarios».