El Gobierno nacional determinó que los aportes económicos de las compañías empleadoras a las cámaras empresarias dejan de ser obligatorios para pasar a ser voluntarios, mediante el Decreto 149/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

La medida publicada este miércoles en el Boletín Oficial apunta a modificar una situación que, según el texto oficial, carece de fundamento normativo: hasta ahora las cámaras empresariales se basaban en una “interpretación exagerada” de la Ley 14.250, sancionada en 1953 y reformada en 2004, sobre el alcance de los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) para instrumentar el cobro de aportes o contribuciones obligatorias a las compañías de la actividad, estén o no asociadas a esas entidades. El decreto 149/2025 aclara que esta práctica no tiene sustento legal y que, por lo tanto, las cámaras no pueden exigir pagos compulsivos a quienes no son parte de sus estructuras.

En el decreto, el Ejecutivo señaló en el primer artículo que “las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos”.

Entre los sectores más afectados por este esquema se encuentra el comercio, donde se estima que los aportes obligatorios representan unos $6.000 millones mensuales, destinados teóricamente a actividades de capacitación. A partir de la entrada en vigencia del decreto, estos pagos solo podrán realizarse de manera voluntaria. Es decir, las empresas que deseen seguir aportando a sus cámaras podrán hacerlo, pero sin imposición legal.

Además, el Gobierno anunció que no homologará nuevas negociaciones colectivas que incluyan este tipo de cláusulas, lo que implica un cambio en el criterio de interpretación de la ley de convenciones colectivas.

Según el Ejecutivo, esta reinterpretación busca alinearse con el principio de libertad de asociación, al entender que las cámaras solo representan a sus afiliados y no pueden extender su poder de recaudación a empresas que eligen no formar parte de ellas.

Un ejemplo que citan desde la administración libertaria es de Comercio, que recauda unos $ 6.000 millones por mes para “presuntas actividades de capacitación“. La Cámara de Comercio (CAC) y la Cámara Argentina de la Mediana Empresa (CAME) son las dos entidades que recaudan esos aportes que equivalen al 0,5% del salario de cada trabajador de la actividad, es decir unos $ 5.000 mensuales. En el sector mercantil se desempeñan alrededor de 1,2 millón de trabajadores.